
Las
personas que tienen problemas para pagar sus deudas a veces consideran la
quiebra como un remedio legal para su situación.
Una persona física, denominada deudor, generalmente solicita la quiebra para
obtener una liberación, mediante la cual se eliminarán sus deudas, para no tener
que pagarlas. Una vez que se inicia el proceso de quiebra, los acreedores no
pueden intentar cobrarle sus deudas al deudor en quiebra ni demandar al deudor
para obtener una sentencia a su favor. Salvo en unas pocas excepciones, los
acreedores no tienen derecho a hacer un reclamo sobre los ingresos ni sobre los
activos futuros del deudor.
ALTERNATIVAS A LA QUIEBRA
La quiebra no es el único método para afrontar demasiadas deudas. En algunos
casos, otra forma podría resultar más ventajosa para el deudor que solicitar su
propia quiebra. Estas alternativas pueden incluir un acuerdo extrajudicial con
los acreedores, la reducción de los pagos a los acreedores, el pedido de ayuda a
un servicio de asesoramiento para créditos del consumidor o el pago de la deuda
mediante la venta de los activos o mediante el pedido de dinero en préstamo
afectando esos activos en garantía. Sin embargo, estos métodos requieren algún
tipo de cooperación de los acreedores y las posibilidades de tener éxito son
mayores si el deudor intenta recurrir a estas alternativas inmediatamente
después de que comienzan sus dificultades financieras.
TIPOS DE QUIEBRA
Hay tres tipos principales de casos de quiebra. En el Código de Quiebras están
identificados por su número de capítulo.
Capítulo 7: Ésta es una quiebra con liquidación y es el caso más común de
quiebra. A cambio de ser liberado de sus deudas, el deudor debe entregarle al
síndico de la quiebra todos los bienes, salvo ciertos activos que la ley de la
Florida le permite conservar al deudor en carácter de bienes exentos. El síndico
vende los bienes y distribuye el dinero entre los acreedores de acuerdo a las
prioridades establecidas por ley. Con mucha frecuencia, sucede que no hay
suficiente dinero para pagar nada más que los costos de administración y los
acreedores no reciben nada. La principal ventaja del Capítulo 7 es que el deudor
sale de la quiebra sin obligaciones futuras por las deudas de las que fue
liberado.
Capítulo 11: Otro tipo de caso de quiebra es la reorganización regida por el
Capítulo 11. En general, es utilizada por las empresas o por deudores
individuales que no cumplen con los requisitos para la quiebra del Capítulo 13
porque sus deudas son muy elevadas o porque tienen activos que se perderían en
el caso de una quiebra bajo el Capítulo 7. En un caso bajo el Capítulo 11, se
les impide temporalmente a los acreedores iniciar acciones contra el deudor
mientras el deudor intenta diseñar un plan de reorganización. Este plan puede
incluir un método para pagar la totalidad o parte de las deudas o de los
reclamos. El deudor también puede afrontar el pago de los impuestos a través del
plan. Los acreedores votan el plan, que también debe ser aprobado por el juez.
Los deudores, en general usan el Capítulo 11 para preservar una empresa o una
fuente de ingresos activa que de otro modo se perdería en una liquidación. La
quiebra bajo el Capítulo 11 puede resultar complicada y costosa.
Capítulo 13: Este caso es utilizado con frecuencia por personas que quieren
ponerse al día con pagos de hipotecas o préstamos prendarios vencidos al mismo
tiempo que conservan sus activos. En el Capítulo 13, el deudor debe proponer de
buena fe el pago de la totalidad o parte de las deudas con ingresos futuros
durante un período de tiempo de entre tres y cinco años. Si el juez aprueba el
plan de pagos, las deudas deberán pagarse de este modo, aunque los acreedores no
quieran aceptar el plan. Si el deudor efectúa los pagos tal como lo exigió el
juez, no tendrá que entregarle los bienes al síndico.
El Capítulo 13 puede resultar más ventajoso que una quiebra con liquidación.
Algunas de las deudas no liberadas en una quiebra bajo el Capítulo 7 serán
liberadas cuando el deudor complete el plan del Capítulo 13. Además, el deudor
puede pagar la mayoría de los impuestos federales que no pueden liberarse
durante el plazo del plan del Capítulo 13 sin pagar intereses. Sin embargo, el
Capítulo 13 sólo puede ser utilizado por un deudor individual y no por una
sociedad y sólo si el total de las deudas vencidas es menor que ciertos límites
para deudas con y sin garantía. La persona física lleva a cabo negocios sin
estar constituida como sociedad puede usar el Capítulo 13 para pagar las deudas
o para cancelarlas a lo largo de un período de tiempo si continúa siendo
propietario u operando el negocio.
INFORMACIÓN GENERAL
La quiebra elimina la deuda y en general no afecta los derechos de retención de
los acreedores sobre la garantía, como en el caso de una hipoteca constituida
sobre una vivienda o un préstamo prendario para automotores. No obstante, los
embargos judiciales y algunos embargos sobre bienes personales, denominados
"derechos de garantía real no constituidos con respecto a un precio de compra"
pueden evitarse si han sido constituidos sobre bienes exentos. Si un deudor
quiere conservar su vivienda, en general deberá continuar efectuando los pagos
de la hipoteca. Si el deudor desea conservar un automóvil sobre el cual pesa un
gravamen, también deberá continuar efectuando los pagos correspondientes. El
deudor que enfrenta la ejecución de la hipoteca constituida sobre su vivienda
puede usar el Capítulo 13 para saldar los pagos vencidos y otros costos,
efectuando a la vez los pagos regulares de la hipoteca, conservando así la
vivienda. En una quiebra con liquidación bajo el Capítulo 7, ciertos bienes
pueden ser "rescatados" de un gravamen mediante un procedimiento apropiado
realizado en el proceso de quiebra, que requiere que se le pague al titular del
gravamen el valor de mercado del bien.
Si un acreedor o el síndico presentan una objeción, se le puede denegar al
deudor la liberación de las deudas y, en tal caso, continuará adeudando las
deudas como si nunca se hubiera presentado el pedido de quiebra. Algunos de los
motivos para que se deniegue una liberación son la transferencia fraudulenta de
un activo para mantenerlo alejado de los acreedores o del síndico de la quiebra,
el ocultamiento de activos, el desacato al juez o la declaración falsa ante el
juez. Estos actos también pueden constituir delitos federales por los cuales el
deudor puede recibir una multa o ir a prisión.
Ciertos tipos de deudas, como la deuda por alimentos para los hijos o el
cónyuge, algunos impuestos federales a las ganancias y todos los impuestos de
retención de empleadores, no pueden ser liberados con motivo de la quiebra. En
general, los préstamos para estudiantes no pueden ser liberados. La conducta
improcedente del deudor puede hacer que ciertas deudas se conviertan en deudas
que no pueden ser liberadas en una quiebra con liquidación, como sucede en el
caso cuando el deudor hace gastos con la tarjeta de crédito no teniendo
intención ni capacidad para pagarlos o en el caso en que obtiene préstamos
utilizando información financiera falsa.
¿CÓMO PRESENTO UN PEDIDO DE QUIEBRA?
La quiebra se inicia presentando un pedido ante el Tribunal de Quiebras en el
distrito y división judicial federal que corresponde a la residencia del deudor.
Si el deudor solicita la quiebra bajo el Capítulo 7 ó 13, deberá obtener primero
una certificación que pruebe que recibió asesoramiento crediticio para ser
elegible para presentar el pedido de quiebra. El pedido contiene un pedido de
liberación bajo uno de los capítulos del Código de Quiebras. El deudor debe
presentar una declaración acerca de varias cuestiones financieras y revelar
quiénes son sus acreedores y cuáles son sus activos. El deudor debe comparecer
en una reunión conducida por un síndico o por el Síndico de los Estados Unidos
(United States Trustee), durante la cual los acreedores pueden formular
preguntas acerca de las finanzas, del activo y del pasivo del deudor.
Dependiendo de bajo cuál capítulo se presenta el pedido de quiebra y de la
complejidad del caso, el deudor también puede tener que comparecer en audiencias
ante el juez de la quiebra. Si la deuda del deudor es principalmente una deuda
de consumidor, también deberá completar un cálculo de prueba de recursos
económicos (Formulario Oficial B22C).
¿NECESITO UN ABOGADO?
Al igual que en cualquier tribunal, las personas tienen derecho a representarse
a sí mismas ante el Tribunal de Quiebras. Sin embargo, la quiebra es un área
compleja del derecho y comprende muchas consideraciones, entre ellas, dónde
presentar el pedido, la elección del capítulo apropiado, el uso de exenciones,
la comprensión de todas las protecciones del Código de Quiebras y el uso de
éstas en ventaja del deudor. La decisión correcta en su caso depende de una
evaluación de su condición familiar, de sus activos, de sus obligaciones y de
otros factores. Es un paso muy serio que podría afectarlo durante el resto de su
vida. Es posible que un deudor pierda todos sus activos en una quiebra e
igualmente continúe al final adeudando el pago de todas sus deudas. Un abogado
puede explicarle cómo funciona el proceso y puede ayudarlo a tomar una buena
decisión.
Algunos deudores usan preparadores de pedidos de quiebra que no son abogados ni
servicios de presentación para completar los formularios y documentos que deben
ser presentados en un pedido de quiebra. Si bien inicialmente esto puede costar
menos que la consulta a un abogado, estos servicios prestados por personas que
no son abogados, según lo dispuesto por ley, no pueden prestar asesoramiento
legal ni antes ni después de la presentación y no pueden representar al deudor
en el Tribunal de Quiebras.
Si está contemplando hacer una presentación bajo el Capítulo 11 ó bajo el
capítulo 13, entonces es aún mayor la necesidad de que lo represente un abogado.
Ciertas complejidades de la ley hacen que sea sumamente difícil para un deudor
concluir un caso bajo el Capítulo 11 ó bajo el capítulo 13 sin la ayuda de un
abogado.
Las sociedades no pueden representarse a sí mismas en un caso de quiebra y deben
ser representadas por un abogado.
¿QUÉ PASA CON MI CALIFICACIÓN CREDITICIA?
El pedido de quiebra es tomado y anotado por las compañías comerciales de
informes crediticios. La ley federal limita el tiempo durante el cual esta
información puede permanecer incluida en un informe. Hoy en día, el límite de
tiempo durante el cual pueden continuar incluidos los pedidos de quiebra es de
10 años. Además, la ley impide les a ciertas unidades y agencias gubernamentales
discriminar a personas que hayan presentado un pedido de quiebra. Nuevamente, un
abogado puede brindarle asistencia en estas áreas.
Después de presentar un pedido de quiebra, algunas personas han descubierto que,
si efectúan puntualmente los pagos que les quedan, como pagos del automóvil, de
la casa, del alquiler o de servicios públicos, luego pueden comenzar a volver a
establecer su crédito. Sin embargo, las calificaciones crediticias individuales
se basan en los antecedentes crediticios generales, así como en los ingresos y
en los activos, y es posible que a algunas personas les resulte más difícil que
a otras volver a establecer una buena línea de crédito.
¿CÓMO BUSCO A UN ABOGADO?
Si necesita un abogado y no sabe dónde encontrar uno, llame a su colegio de
abogados local y pregunte qué servicios de derivación de abogados hay
disponibles. Muchas áreas de la Florida tienen servicios de derivación de
abogados que figuran en “abogados” o en “información y servicio de derivación a
abogados” en las páginas amarillas de la guía telefónica. Este servicio le
permitirá obtener una cita con un abogado por una tarifa reducida.
Si no hay un servicio de derivación a abogados en su ciudad, el servicio estatal
de The Florida Bar (Colegio de Abogados de la Florida) puede encontrarle un
abogado para que lo asista. Puede llamar a la línea gratuita al 1-800-342-8011.
El servicio estatal, que funciona sólo en las ciudades donde no hay un programa
local, le recomendará un abogado para que tenga una consulta inicial de media
hora por una tarifa reducida.
El material contenido en este folleto representa información legal general. Como
la ley cambia constantemente, algunas disposiciones de este folleto pueden no
estar actualizadas. Siempre es mejor consultar a un abogado acerca de sus
derechos y responsabilidades legales acerca de su caso en particular.