Las personas que tienen problemas para pagar sus deudas a veces consideran la quiebra como un remedio legal para su situación.




Una persona física, denominada deudor, generalmente solicita la quiebra para obtener una liberación, mediante la cual se eliminarán sus deudas, para no tener que pagarlas. Una vez que se inicia el proceso de quiebra, los acreedores no pueden intentar cobrarle sus deudas al deudor en quiebra ni demandar al deudor para obtener una sentencia a su favor. Salvo en unas pocas excepciones, los acreedores no tienen derecho a hacer un reclamo sobre los ingresos ni sobre los activos futuros del deudor.

ALTERNATIVAS A LA QUIEBRA

La quiebra no es el único método para afrontar demasiadas deudas. En algunos casos, otra forma podría resultar más ventajosa para el deudor que solicitar su propia quiebra. Estas alternativas pueden incluir un acuerdo extrajudicial con los acreedores, la reducción de los pagos a los acreedores, el pedido de ayuda a un servicio de asesoramiento para créditos del consumidor o el pago de la deuda mediante la venta de los activos o mediante el pedido de dinero en préstamo afectando esos activos en garantía. Sin embargo, estos métodos requieren algún tipo de cooperación de los acreedores y las posibilidades de tener éxito son mayores si el deudor intenta recurrir a estas alternativas inmediatamente después de que comienzan sus dificultades financieras.

TIPOS DE QUIEBRA

Hay tres tipos principales de casos de quiebra. En el Código de Quiebras están identificados por su número de capítulo.

Capítulo 7: Ésta es una quiebra con liquidación y es el caso más común de quiebra. A cambio de ser liberado de sus deudas, el deudor debe entregarle al síndico de la quiebra todos los bienes, salvo ciertos activos que la ley de la Florida le permite conservar al deudor en carácter de bienes exentos. El síndico vende los bienes y distribuye el dinero entre los acreedores de acuerdo a las prioridades establecidas por ley. Con mucha frecuencia, sucede que no hay suficiente dinero para pagar nada más que los costos de administración y los acreedores no reciben nada. La principal ventaja del Capítulo 7 es que el deudor sale de la quiebra sin obligaciones futuras por las deudas de las que fue liberado.

Capítulo 11: Otro tipo de caso de quiebra es la reorganización regida por el Capítulo 11. En general, es utilizada por las empresas o por deudores individuales que no cumplen con los requisitos para la quiebra del Capítulo 13 porque sus deudas son muy elevadas o porque tienen activos que se perderían en el caso de una quiebra bajo el Capítulo 7. En un caso bajo el Capítulo 11, se les impide temporalmente a los acreedores iniciar acciones contra el deudor mientras el deudor intenta diseñar un plan de reorganización. Este plan puede incluir un método para pagar la totalidad o parte de las deudas o de los reclamos. El deudor también puede afrontar el pago de los impuestos a través del plan. Los acreedores votan el plan, que también debe ser aprobado por el juez. Los deudores, en general usan el Capítulo 11 para preservar una empresa o una fuente de ingresos activa que de otro modo se perdería en una liquidación. La quiebra bajo el Capítulo 11 puede resultar complicada y costosa.

Capítulo 13: Este caso es utilizado con frecuencia por personas que quieren ponerse al día con pagos de hipotecas o préstamos prendarios vencidos al mismo tiempo que conservan sus activos. En el Capítulo 13, el deudor debe proponer de buena fe el pago de la totalidad o parte de las deudas con ingresos futuros durante un período de tiempo de entre tres y cinco años. Si el juez aprueba el plan de pagos, las deudas deberán pagarse de este modo, aunque los acreedores no quieran aceptar el plan. Si el deudor efectúa los pagos tal como lo exigió el juez, no tendrá que entregarle los bienes al síndico.

El Capítulo 13 puede resultar más ventajoso que una quiebra con liquidación. Algunas de las deudas no liberadas en una quiebra bajo el Capítulo 7 serán liberadas cuando el deudor complete el plan del Capítulo 13. Además, el deudor puede pagar la mayoría de los impuestos federales que no pueden liberarse durante el plazo del plan del Capítulo 13 sin pagar intereses. Sin embargo, el Capítulo 13 sólo puede ser utilizado por un deudor individual y no por una sociedad y sólo si el total de las deudas vencidas es menor que ciertos límites para deudas con y sin garantía. La persona física lleva a cabo negocios sin estar constituida como sociedad puede usar el Capítulo 13 para pagar las deudas o para cancelarlas a lo largo de un período de tiempo si continúa siendo propietario u operando el negocio.

INFORMACIÓN GENERAL

La quiebra elimina la deuda y en general no afecta los derechos de retención de los acreedores sobre la garantía, como en el caso de una hipoteca constituida sobre una vivienda o un préstamo prendario para automotores. No obstante, los embargos judiciales y algunos embargos sobre bienes personales, denominados "derechos de garantía real no constituidos con respecto a un precio de compra" pueden evitarse si han sido constituidos sobre bienes exentos. Si un deudor quiere conservar su vivienda, en general deberá continuar efectuando los pagos de la hipoteca. Si el deudor desea conservar un automóvil sobre el cual pesa un gravamen, también deberá continuar efectuando los pagos correspondientes. El deudor que enfrenta la ejecución de la hipoteca constituida sobre su vivienda puede usar el Capítulo 13 para saldar los pagos vencidos y otros costos, efectuando a la vez los pagos regulares de la hipoteca, conservando así la vivienda. En una quiebra con liquidación bajo el Capítulo 7, ciertos bienes pueden ser "rescatados" de un gravamen mediante un procedimiento apropiado realizado en el proceso de quiebra, que requiere que se le pague al titular del gravamen el valor de mercado del bien.

Si un acreedor o el síndico presentan una objeción, se le puede denegar al deudor la liberación de las deudas y, en tal caso, continuará adeudando las deudas como si nunca se hubiera presentado el pedido de quiebra. Algunos de los motivos para que se deniegue una liberación son la transferencia fraudulenta de un activo para mantenerlo alejado de los acreedores o del síndico de la quiebra, el ocultamiento de activos, el desacato al juez o la declaración falsa ante el juez. Estos actos también pueden constituir delitos federales por los cuales el deudor puede recibir una multa o ir a prisión.

Ciertos tipos de deudas, como la deuda por alimentos para los hijos o el cónyuge, algunos impuestos federales a las ganancias y todos los impuestos de retención de empleadores, no pueden ser liberados con motivo de la quiebra. En general, los préstamos para estudiantes no pueden ser liberados. La conducta improcedente del deudor puede hacer que ciertas deudas se conviertan en deudas que no pueden ser liberadas en una quiebra con liquidación, como sucede en el caso cuando el deudor hace gastos con la tarjeta de crédito no teniendo intención ni capacidad para pagarlos o en el caso en que obtiene préstamos utilizando información financiera falsa.

¿CÓMO PRESENTO UN PEDIDO DE QUIEBRA?

La quiebra se inicia presentando un pedido ante el Tribunal de Quiebras en el distrito y división judicial federal que corresponde a la residencia del deudor. Si el deudor solicita la quiebra bajo el Capítulo 7 ó 13, deberá obtener primero una certificación que pruebe que recibió asesoramiento crediticio para ser elegible para presentar el pedido de quiebra. El pedido contiene un pedido de liberación bajo uno de los capítulos del Código de Quiebras. El deudor debe presentar una declaración acerca de varias cuestiones financieras y revelar quiénes son sus acreedores y cuáles son sus activos. El deudor debe comparecer en una reunión conducida por un síndico o por el Síndico de los Estados Unidos (United States Trustee), durante la cual los acreedores pueden formular preguntas acerca de las finanzas, del activo y del pasivo del deudor. Dependiendo de bajo cuál capítulo se presenta el pedido de quiebra y de la complejidad del caso, el deudor también puede tener que comparecer en audiencias ante el juez de la quiebra. Si la deuda del deudor es principalmente una deuda de consumidor, también deberá completar un cálculo de prueba de recursos económicos (Formulario Oficial B22C).

¿NECESITO UN ABOGADO?

Al igual que en cualquier tribunal, las personas tienen derecho a representarse a sí mismas ante el Tribunal de Quiebras. Sin embargo, la quiebra es un área compleja del derecho y comprende muchas consideraciones, entre ellas, dónde presentar el pedido, la elección del capítulo apropiado, el uso de exenciones, la comprensión de todas las protecciones del Código de Quiebras y el uso de éstas en ventaja del deudor. La decisión correcta en su caso depende de una evaluación de su condición familiar, de sus activos, de sus obligaciones y de otros factores. Es un paso muy serio que podría afectarlo durante el resto de su vida. Es posible que un deudor pierda todos sus activos en una quiebra e igualmente continúe al final adeudando el pago de todas sus deudas. Un abogado puede explicarle cómo funciona el proceso y puede ayudarlo a tomar una buena decisión.

Algunos deudores usan preparadores de pedidos de quiebra que no son abogados ni servicios de presentación para completar los formularios y documentos que deben ser presentados en un pedido de quiebra. Si bien inicialmente esto puede costar menos que la consulta a un abogado, estos servicios prestados por personas que no son abogados, según lo dispuesto por ley, no pueden prestar asesoramiento legal ni antes ni después de la presentación y no pueden representar al deudor en el Tribunal de Quiebras.

Si está contemplando hacer una presentación bajo el Capítulo 11 ó bajo el capítulo 13, entonces es aún mayor la necesidad de que lo represente un abogado. Ciertas complejidades de la ley hacen que sea sumamente difícil para un deudor concluir un caso bajo el Capítulo 11 ó bajo el capítulo 13 sin la ayuda de un abogado.

Las sociedades no pueden representarse a sí mismas en un caso de quiebra y deben ser representadas por un abogado.

¿QUÉ PASA CON MI CALIFICACIÓN CREDITICIA?

El pedido de quiebra es tomado y anotado por las compañías comerciales de informes crediticios. La ley federal limita el tiempo durante el cual esta información puede permanecer incluida en un informe. Hoy en día, el límite de tiempo durante el cual pueden continuar incluidos los pedidos de quiebra es de 10 años. Además, la ley impide les a ciertas unidades y agencias gubernamentales discriminar a personas que hayan presentado un pedido de quiebra. Nuevamente, un abogado puede brindarle asistencia en estas áreas.

Después de presentar un pedido de quiebra, algunas personas han descubierto que, si efectúan puntualmente los pagos que les quedan, como pagos del automóvil, de la casa, del alquiler o de servicios públicos, luego pueden comenzar a volver a establecer su crédito. Sin embargo, las calificaciones crediticias individuales se basan en los antecedentes crediticios generales, así como en los ingresos y en los activos, y es posible que a algunas personas les resulte más difícil que a otras volver a establecer una buena línea de crédito.

¿CÓMO BUSCO A UN ABOGADO?

Si necesita un abogado y no sabe dónde encontrar uno, llame a su colegio de abogados local y pregunte qué servicios de derivación de abogados hay disponibles. Muchas áreas de la Florida tienen servicios de derivación de abogados que figuran en “abogados” o en “información y servicio de derivación a abogados” en las páginas amarillas de la guía telefónica. Este servicio le permitirá obtener una cita con un abogado por una tarifa reducida.

Si no hay un servicio de derivación a abogados en su ciudad, el servicio estatal de The Florida Bar (Colegio de Abogados de la Florida) puede encontrarle un abogado para que lo asista. Puede llamar a la línea gratuita al 1-800-342-8011. El servicio estatal, que funciona sólo en las ciudades donde no hay un programa local, le recomendará un abogado para que tenga una consulta inicial de media hora por una tarifa reducida.




El material contenido en este folleto representa información legal general. Como la ley cambia constantemente, algunas disposiciones de este folleto pueden no estar actualizadas. Siempre es mejor consultar a un abogado acerca de sus derechos y responsabilidades legales acerca de su caso en particular.